Hitos del gobierno de Patricio Aylwin

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“El Gobierno que presido tiene la convicción que la presente propuesta redundará en mayor equidad para los trabajadores, una adecuada capacidad de adaptación de las empresas y mayor estabilidad y crecimiento para el país.”

Extracto del mensaje con que el presidente de la República Patricio Aylwin envió al Senado el Proyecto de ley que establece nuevas normas sobre terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo, 13 de julio 1990.

Un día como hoy, hace 30 años. La reforma laboral.

El Programa de gobierno de la Concertación definió entre sus tareas prioritarias procurar que las relaciones laborales fuesen justas, equilibradas y que posibilitasen la participación, corrigiendo los fuertes desequilibrios que habían afectado a los trabajadores durante la dictadura.

 

Programa de gobierno de la Concertación.

Para esto era imprescindible alcanzar el mayor acuerdo posible entre trabajadores y empresarios respecto de las “reglas del juego” que debían canalizar las relaciones sociales y laborales.

La principal dificultad para el éxito de este diálogo era que los actores tenían visiones radicalmente distintas respecto a lo que había que hacer; sindicalistas y dirigentes políticos de la Concertación estimaban que era necesario derogar la ley laboral vigente, dictada bajo el régimen militar, y que  privilegiaba los intereses empresariales. Por su parte, los empresarios y políticos de oposición no estaban de acuerdo e insistían en su posición de no cambiar ni un solo artículo de dicha legislación.

Plan Laboral del Gobierno militar, 1979. 

En este contexto, ya antes de asumir la primera magistratura, Patricio Aylwin había encomendado a su futuro ministro del Trabajo, René Cortázar, liderar las iniciativas que fuesen necesarias para alcanzar un acuerdo marco entre empresarios y trabajadores.

Se crearon comisiones de trabajo integradas por representantes de los Ministerios del Trabajo, Economía y Hacienda, así como del mundo empresarial y laboral, y se estableció un plazo de 90 días para elaborar un informe que reuniera las posiciones más destacados de cada sector.

 

El Acuerdo Marco Nacional Gobierno – Trabajadores – Empresarios

El 27 de abril de 1990 las organizaciones de empresarios y trabajadores, junto con el Gobierno, firmaron un Acuerdo Marco que definía los lineamientos generales de la política socio-económica e institucional del Gobierno, y expresaba la voluntad de las partes a fin de mantener un diálogo permanente y buscar los acuerdos para dar a Chile la oportunidad de conjugar desarrollo, equidad y democracia.

El acuerdo estableció las áreas en las cuales empresarios y trabajadores podían desarrollar iniciativas independientes o conjuntas, que contribuyesen a alcanzar un amplio acuerdo.

Una de estas áreas fue la legislación laboral, donde las partes firmantes del acuerdo se comprometieron a elaborar una normativa que, “siendo aceptable para las partes, asegure equidad en las relaciones del trabajo; fortalezca la autonomía de las organizaciones de trabajadores y empresarios; proteja los derechos de las partes; permita una negociación colectiva equilibrada y extendida al mayor número de trabajadores; regule y prevenga los conflictos; y procure una satisfactoria estabilidad de los empleos. Todo ello adecuado a las necesidades de la productividad, la competencia, el cambio tecnológico y el aumento de las fuentes de trabajo. En síntesis, una legislación laboral que, al mismo tiempo que asegure su legitimidad y, por tanto, su eficacia, sea compatible con una economía abierta al comercio internacional y volcada hacia los desafíos del siglo XXI y con un sistema democrático que requiere estabilidad y confianza de los ciudadanos.”

Acuerdo Marco, abril de 1990.

 

Resistencias

El tema de fondo era la posibilidad de contar con un sindicalismo moderno frente a la nueva realidad económica y política del país.

Los sectores empresariales tenían una visión bastante crítica respecto al gobierno en general, y especialmente respecto a cómo se estaba implementando el plan de ajuste económico que encabezaba el ministro Foxley. En materia laboral, llegarían incluso a afirmar que “si esta reforma (laboral) no nos satisface, entonces no invertiremos en el país.” (Manuel Feliú, presidente de la CPC, agosto de 1990)

Por su parte, si bien Manuel Bustos y la dirigencia de la CUT se mostraba a favor del modelo de sindicalismo moderno reivindicativo y concertacionista, que proponía el gobierno, grupos internos de la Central, especialmente socialistas y comunistas, estaban descontentos con esta estrategia y aspiraban a una oposición sindical. 

Es de notar que, a diferencia del sector empresarial, que ya había vivido un proceso de modernización, el sector sindical, producto de la represión de que fue objeto durante la dictadura, seguía más bien inmerso en una política de trinchera. Las reformas laborales impulsadas por el Gobierno apuntaban a ofrecer a la CUT un sindicalismo poderoso, con fuerte poder de negociación, a cambio de una economía social de mercado. Este tipo de intercambio difería de las relaciones laborales tradicionales y tomaría algún tiempo para que se fuese asentando en el movimiento sindical.

El 1 de mayo el presidente de la República se dirigió a los miles de trabajadores congregados para conmemorar el día del trabajo. 

“Impulsaremos todas estas reformas laborales y las demás, para obtener relaciones de trabajo justas y equilibradas, definiendo sus términos con participación de las organizaciones sindicales y empresariales.  No queremos imponer las reglas.  Queremos que esas reglas sean, en lo posible, fruto de acuerdos equitativos entre las partes interesadas.  Pero si tales acuerdos no se produjeran, el Gobierno no faltará a su deber de proponer al Congreso los proyectos de ley que considere de justicia para modificar la legislación laboral y la legislación sindical, a fin de que se haga un reconocimiento efectivo de los derechos de los trabajadores.”

Discurso del presidente de la República Patricio Aylwin en el acto de conmemoración del 1 de mayo de 1990.

Manuel Bustos calificó el mensaje del presidente Aylwin como “extraordinariamente positivo” y ratificó la necesidad de una política consensual que privilegiara los acuerdos entre trabajadores, empresarios y gobierno.

La estrategia del Gobierno era procurar avanzar lo más posible en la dirección de un acuerdo global sobre el paquete legislativo. Ante el Congreso Pleno, el 21 de mayo el presidente Aylwin reiteró el llamado al diálogo para alcanzar los acuerdos en materias laborales:

“En el ámbito de las relaciones laborales, nos guía un criterio básico: lograr los mayores acuerdos posibles con el sector sindical y el sector empresarial, a fin de concordar permanentemente las orientaciones fundamentales relativas a cambios en la legislación laboral. Las experiencias pasadas indican que una sociedad y una economía en la que constantemente se están enfrentando grupos antagónicos no es eficiente ni viable. Es necesario aumentar los niveles de cooperación entre los diversos intereses involucrados.”

Mensaje del presidente de la República Patricio Aylwin al Congreso Pleno, 21 de mayo de 1990. 

 

Las reformas laborales

Durante su gobierno, el presidente de la República Patricio Aylwin envió al Congreso Nacional una serie de reformas laborales que, como se ha dicho, buscaba impulsar una mayor equidad en las relaciones del trabajo, así como contribuir a un desarrollo económico sostenido y con justicia social.

Para Aylwin, las leyes del trabajo tenían una justificación filosófica y moral.  “Se trata, en el fondo, de establecer condiciones de igualdad en las relaciones del trabajo entre empresarios y trabajadores.  Las simples leyes del mercado dejan a los trabajadores a merced de los empresarios, y es por eso que se justifican filosóficamente.”

Discurso del presidente de la República Patricio Aylwin en encuentro con el mundo del trabajo en San Fernando, 8 de enero de 1991. 

El 22 de mayo de 1990 el presidente Aylwin envió a la Cámara de Diputados el Proyecto de ley sobre centrales sindicales.

 “Mi Gobierno considera deseable y necesario que las centrales sindicales gocen de pleno reconocimiento legal y puedan desarrollar su actividad propia -que se estima relevante- sin ningún tipo de trabas y prohibiciones, haciendo de este modo operantes los principios de libertad sindical consagrados a nivel internacional.”

Mensaje del presidente de la República Patricio Aylwin a la Cámara de Diputados – Proyecto de ley sobre Centrales Sindicales.

A partir de junio las conversaciones entre los distintos representantes de los empresarios y trabajadores sufrieron algunos traspiés. Si bien había cerca de un 80% de acuerdo, hubo temas muy difíciles de superar, especialmente el de la estabilidad del empleo. Aquí los empresarios no aceptaban que se tocase el tema de la inamovilidad que, según ellos, lesionaba gravemente la libertad de gestión de la empresa.

La situación llegó a un límite el 22 de junio, cuando el presidente subrogante de la CUT, Arturo Martínez, dijo en relación a las reformas laborales, que las conversaciones con los empresarios estaban totalmente terminadas, al igual que con el Gobierno. Agregó que está posición era la del Comité Ejecutivo de la CUT y que ellos ahora buscarían plantear en el Parlamento sus propias iniciativas. 

Durante la primera semana de julio la impasse entre el Gobierno y la CUT fue superada a raíz de la intervención presidencial. Ello permitió reanudar las conversaciones y culminar la etapa de negociación tripartita, con un señalamiento claro de los acuerdos y diferencias entre las partes.

El 13 de julio el presidente de la República Patricio Aylwin envió al Senado el Proyecto de ley que establecía nuevas normas sobre terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo. 

“El proyecto de ley vincula el término del contrato de trabajo a una causa objetiva frente a la actual posibilidad de que el trabajador sea desahuciado unilateralmente sin fundamentación de tal medida, con lo que se reviste de mayor dignidad a la relación laboral y la persona del trabajador. En segundo lugar, considera elevar las indemnizaciones asociadas al despido. Ellas constituyen en el hecho, en nuestra actual situación económica y social, la principal fuente de subsistencia económica durante el periodo de cesantía. Pero esas mismas indemnizaciones en su nivel actual no otorgan, en la mayor parte de los casos, la cobertura al período promedio, del orden de ocho meses, que demora el trabajador para encontrar una fuente de trabajo de similar remuneración. Estos criterios, aseguran razonablemente, dentro de las actuales condiciones de desarrollo de nuestra sociedad, una mayor dignidad del trabajador y mejor protección para el evento de despido. Al mismo tiempo resguardan la necesaria flexibilidad y autonomía que debe tener la gestión empresarial, evitando mecanismos que impongan la inamovilidad, el reintegro obligatorio, o las autorizaciones previas para trabajadores sin fuero.”

Mensaje del presidente de la República Patricio Aylwin al Senado – Proyecto de ley que establece nuevas normas sobre terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo. 

El envío de este Proyecto de ley puso fin a un periodo de incertidumbre, fruto de la prolongación de las negociaciones con la CUT y los empresarios. Las reacciones de los diversos sectores involucrados estuvieron marcadas, en general por un clima de reserva, cautela y moderado optimismo. Sin embargo, las señales emitidas por parlamentarios de diferentes bancadas en orden a manifestar sus reparos por la vía de indicaciones y no de proyectos alternativos, redujeron las posibilidades de un trámite excesivamente confrontacional.

El 30 de octubre de 1990 el presidente de la República Patricio Aylwin envió al Senado el Proyecto de ley que establecía nuevas normas sobre organizaciones sindicales y negociación colectiva. En su mensaje a la Cámara Alta, el presidente destacó que “La institucionalidad laboral constituye un aspecto de principal importancia tanto en el funcionamiento de un sistema democrático, como respecto de las condiciones que afectan el crecimiento económico y la distribución de sus resultados. Por ello es necesario que tal institucionalidad tenga legitimidad tanto para trabajadores como para empresarios, como también para la comunidad toda. Lo anterior sólo puede obtenerse si los principios que la informan y los mecanismos que la implementan, protegen adecuadamente la participación, la equidad, y los legítimos intereses, tanto de las partes directamente involucradas, como de la comunidad nacional en general.”

Mensaje del presidente de la República Patricio Aylwin al Senado – Proyecto de ley que establece nuevas normas sobre organizaciones sindicales y negociación colectiva. 

Finalmente, el 21 de mayo de 1991 el presidente de la República Patricio Aylwin envió a la Cámara de Diputados el Proyecto de ley que modifica los libros I, II y V del Código del Trabajo en relación con el contrato individual del trabajo, la protección de los trabajadores y la jurisdicción laboral, y otros textos legales.

“Este proyecto de ley, junto con otros que se han sometido a consideración del H. Congreso Nacional, constituye un esfuerzo muy sustantivo del Gobierno que presido por dar lugar a una nueva institucionalidad laboral que modifique y perfeccione la anterior y que materialice los objetivos de promover relaciones laborales más justas y modernas, coherentemente con los esfuerzos de crecimiento económico y desarrollo sostenido, en los que el país se encuentra empeñado.”

Mensaje del presidente de la República Patricio Aylwin a la Cámara de Diputados – Proyecto de ley que modifica los libros I, II y V del Código del Trabajo en relación con el contrato individual del trabajo, la protección de los trabajadores y la jurisdicción laboral, y otros textos legales. 

 

Leyes laborales del gobierno encabezado por Patricio Aylwin

El 23 de noviembre de 1990 fue promulgada la Ley N° 19.010, que estableció nuevas normas sobre terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo.

El 8 de enero de 1991 se promulgó la Ley N° 19.040, sobre centrales sindicales. 

El 22 de julio de 1991 fue promulgada la Ley N° 19.069, sobre organizaciones sindicales y negociación colectiva.

El 23 de septiembre de 1993 fue promulgada la Ley N° 19.250, que modifica los libros I, II y V del Código del Trabajo en relación con el contrato individual del trabajo, la protección de los trabajadores y la jurisdicción laboral, y otros textos legales.

 

Hemos ido cumpliendo por etapas y dentro del período de gobierno logramos finalizar la tarea que nos habíamos propuesto, de hacer más moderno y más justo nuestro sistema legislativo en materia laboral. Es posible que esta legislación no satisfaga plenamente las aspiraciones de todos, es posible que la experiencia de los cambios ya hechos arroje dudas y las evaluaciones que se están haciendo sobre su aplicación planteen la necesidad de nuevos progresos.  Pero hemos cumplido una etapa y, sin duda, esta legislación es más justa, es más protectora de los trabajadores y, al mismo tiempo, concilia adecuadamente los intereses de éstos con las necesidades de las empresas, constituyendo un progreso en relación a lo que teníamos.

Discurso del presidente de la República Patricio Aylwin al promulgarse la Ley sobre contrato individual, proyección de los trabajadores y jurisdicción laboral.