Reflexión, debate y acuerdos del Grupo de Estudios Constitucionales para una nueva Constitución

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“Solo una Constitución Política generada democráticamente y que exprese el mayor grado de acuerdo posible de alcanzar entre los chilenos, podrá proporcionar al país un régimen estable de convivencia pacífica que garantice a Chile y a su pueblo el orden y la libertad, la seguridad, el desarrollo y la justicia.”

Grupo de Estudios Constitucionales

Trabajo

 

En general, en el debate sobre el derecho al trabajo y sus condiciones, existió bastante coincidencia en los puntos referidos a los principios constitucionales, a excepción del derecho de negociación colectiva y huelga. Respecto del derecho de sindicación también hubo acuerdo, no así en lo concerniente a la libre afiliación, donde algunos comisionados postularon la obligatoriedad y otros, la libre decisión por parte del trabajador. 

El debate

Este tema fue debatido en cuatro sesiones realizadas entre mayo y junio de 1978, teniendo como base la Constitución de 1925 -incluyendo sus reformas posteriores-, los informes elaborados por las subcomisiones y el proyecto de Constitución redactado por la Comisión de Estudios de la Nueva Constitución Política de la República de Chile, conocida como Comisión Ortúzar.

El debate completo en torno a este tema se desarrolló entre el 31 de mayo y el 8 de junio de 1979. Las diversas posturas pueden ser consultadas en las siguientes actas de sesión de la Comisión Permanente del Grupo de Estudios Constitucionales:

Acta de sesión nro. 54

Acta de sesión nro. 55

Acta de sesión nro. 56

Acta de sesión nro. 57

 

Los acuerdos

Los acuerdos de la Comisión Permanente del Grupo de Estudios Constitucionales en materia laboral quedaron plasmados en el documento Proyecto de Constitución Política de la República de Chile, que fue dado a conocer en 1983.

Proyecto de Constitución Política de la República de Chile, 1983. Ver capítulo III De los derechos y deberes constitucionales, artículo 23, nros. 17 y 18.